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Facturación electrónica: datos que debes conocer

Facturación electrónica: datos que debes conocer

Facturación electrónica: datos que debes conocer

Fecha : 20-07-2022

Más de 102 mil empresas están obligadas a emitir comprobantes de pago electrónicos durante este año, de acuerdo al plan de masificación de la SUNAT. La implementación de la facturación electrónica en el Perú representa un cambio importante en las organizaciones porque permite que sus sistemas contables sean más eficientes.  

“Cada vez son más las empresas que comprenden las ventajas y los beneficios de la facturación electrónica y muchos sin estar obligados realizan la migración al sistema de forma voluntaria”, indicó Verónica Velazco, jefa de Efact Sistema Integrado, producto que brinda Efact, Operador de Servicios Electrónicos y Proveedor de Servicios Electrónicos (PSE) autorizado por la SUNAT.  “El ingreso al sistema electrónico permite aprovechar una mejor gestión de los comprobantes de pago y las oportunidades que brindan, como optimizar la rentabilidad del negocio”, agregó.  

Velazco precisó además sobre las sanciones que existen si uno no cumple con la emisión de comprobantes de pago electrónicos en el caso de estar exigido por el ente regulador. Señaló que  las sanciones para el emisor, por emitir un comprobante no válido, son el pago de una multa (hasta el 60% de una UIT) o cierre, y se da de manera progresiva, según la infracción y el tamaño de la empresa. La primera vez que haya una infracción puede ser hasta el 30% de una UIT, la segunda vez son 2 días de cierre, la tercera son 4 días de cierre y la cuarta vez o más son 10 días de cierre.  

Velazco precisó ciertos datos que se deben saber sobre la facturación electrónica, entre ellos lo que debemos tener en cuenta para no caer en las sanciones:     

1.     Economiza: con la implementación de la facturación electrónica se reducen los costos de los procesos como impresión, traslado y almacenamiento. Solo en la emisión, el ahorro por comprobante es alrededor de S/ 8.40.  

2.     Agiliza trámites: la facturación electrónica elimina gestiones manuales. Este sistema viene de la mano con la inmediatez y eficiencia, pues se produce una mejora considerable en los tiempos de entrega. Un comprobante físico debe ser impreso y remitido con un mensajero, mientras que el digital es enviado como un e-mail.    

3.     Acceso a productos financieros: permite el acercamiento a herramientas de financiamiento como el factoring, usando la factura negociable, que brinda liquidez y capital de trabajo.  

4.     Contribuye al cuidado del medio ambiente: las organizaciones se vuelven sostenibles con el intercambio de documentos electrónicos porque eliminan el uso de papel. Por ejemplo, una empresa que deje de producir alrededor de 12,000 facturas al año evitará la tala de 57.6 árboles, la emisión de 14.4 toneladas de CO2 y el uso  de 180 mil litros de agua.  

5.     Empresas obligadas: la SUNAT ha puesto a disposición de los contribuyentes una herramienta para verificar la lista completa de empresas obligadas a ser emisores electrónicos. Si la empresa está obligada y aún no realiza la migración al sistema electrónico recomienda  contactar  con un proveedor autorizado. Si aún no está obligada, recomienda que ingresen al sistema de manera voluntaria y anticipada, ya que es parte del plan del ente regulador que todas las empresas lo sean.  

6.     Proveedor autorizado: se debe considerar que el proveedor ofrezca una solución capaz de llegar y atender a todos, tanto emisor como adquiriente. Además, que ofrezca productos a la medida de cada empresa y de las necesidades que tengan; que no obliguen a gastar en equipos adicionales, y que dé soporte para que la implementación de la facturación sea segura y sencilla.  

7.     Evitar los comprobantes de pago impresos: si una empresa designada como emisor electrónico emite un comprobante de pago físico en lugar de emitir electrónicamente, el documento no tendrá validez, salvo que el incumplimiento se origine en un evento no imputable al contribuyente. Por dicha razón, el adquiriente no podrá hacer uso de dicho comprobante como sustento fiscal.

Autor/Fuente : Efact